miércoles, 5 de junio de 2013

El ridículo del presidente civil disfrazado de militar ofende a civiles y militares y subvierte el orden constitucional


       
 Progresivamente El Ilegítimo ha ido cambiando su indumentaria, de civil a militar. Ha comenzado usando ropa verde oliva. Indica que se prepara para vestir con el uniforme de Comandante en Jefe de la FAN, que se inventó el difunto, haciendo gala de insignias y estandarte. Todo hace suponer que lo hará formalmente el próximo 5 de julio en el desfile militar. No sería extraño que lo haga. Y tal vez lo consiga porque nada ha hecho la oposición para movilizar a civiles y militares a fin de obligar a la derogación del Decreto-Ley Nº 8.096 de fecha 09-03-2011, que ya tiene dos años de vigencia.  Parece que no interesa, siendo un asunto de interés nacional e internacional y de la mayor trascendencia para el futuro de la República. Expliquemos porqué.
El cargo de Presidente de la República es un cargo electivo, conforme a la Constitución (Arts. 4, 6 y 228). Y por ser electivo, está sometido a requisitos de elegibilidad, el más importante: ser civil el candidato.
El cargo de Presidente de la República es un cargo exclusivamente civil, reservado a los civiles, conforme a la Constitución, ya que a los integrantes de la FAN no les está permitido optar a cargo de elección popular (Art. 330).
Al civil que asume el cargo civil de Presidente de la República, la Constitución le atribuye la función de Comandante en Jefe de la FAN, haciéndola inseparable del cargo civil. De este modo, se consagra la preeminencia del poder civil sobre los militares, por lo cual un civil es el comandante en jefe de los militares. Es el único civil con mando militar.
Elegido un civil como Presidente de la República no puede desnaturalizar la función, subvirtiendo el orden constitucional, e integrarse a la FAN como militar activo con grados e insignias, porque ello infringiría la Constitución y constituiría un fraude constitucional, deslegitimándose absoluta y radicalmente, por cuyo motivo debe ser destituido por el TSJ o, en su defecto, por quienes tengan poder suficiente para desconocer su autoridad (Arts. 333 y 350). Estos preceptos constitucionales están previstos para el supuesto de que las instituciones se abstengan de hacer cumplir la Constitución o sean partícipes del complot para su inobservancia.
El fraude constitucional se comete cuando el civil elegido para el cargo civil de Comandante en Jefe se confiere a sí mismo el grado militar de Comandante en Jefe, con uniforme, insignias de grado y estandarte, como lo hizo el difunto, al dictar el Decreto-Ley Orgánica en el cual dispuso lo siguiente:
“Artículo 6 Comandante en Jefe. El Presidente o Presidenta de la República tiene el grado militar de Comandante en Jefe y es la máxima autoridad jerárquica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana…..Tiene bajo su mando y dirección la Comandancia en Jefe, integrada por un Estado Mayor y las unidades que designe…. Las insignias de grado y el estandarte del Comandante en Jefe serán establecidos en el Reglamento respectivo.”
Está incurso también en fraude constitucional el que suceda al difunto, así sea de oposición, que aplique este precepto inconstitucional vistiéndose de militar, en lugar de promover su derogación.
El civil que vista de uniforme militar de Comandante en Jefe, con insignias y estandarte, ofende a los civiles al deshonrar el cargo civil disfrazándose de militar. El civil que vista de uniforme militar de Comandante en Jefe, con insignias y estandarte, ultraja a los militares, poniéndolos en ridículo al rendirle honores a un civil disfrazado militar.
Pero no sólo eso. Conferirle grado militar al cargo civil de Presidente de la República va contra el espíritu, propósito y razón de la Carta Democrática de América, que responde al interés de la OEA de consolidar la democracia en América sobre el postulado del acatamiento al poder civil, que se incumple al convertir al Presidente de la República en un militar.
Corresponde a la oposición la iniciativa en este asunto.
REFLEXIONES 4
05-06-13

No hay comentarios:

Publicar un comentario