miércoles, 26 de diciembre de 2012

Cuba asume directamente
el gobierno de Venezuela
Jesús Antonio Petit da Costa
En estos momentos Venezuela no tiene presidente constitucionalmente en ejercicio. Ni titular ni encargado. Hay, pues, un vacío de poder, o acefalía, que ha sido llenado por los hermanos Castro de Cuba. Ellos han asumido directamente el gobierno de Venezuela, fingiendo que lo hace el enfermo. Es un desafío para todos los venezolanos, civiles y militares. Una prueba para saber si todavía nos queda un mínimo de honor y vergüenza.
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1.- La autorización al Presidente de la República para salir del país no es una mera formalidad, sino un acto de control de la política exterior (control político). Por ello, el viaje al extranjero del Presidente de la República sólo se justificaría cuando se relaciona con la política internacional. Así lo sostiene la doctrina.
El viaje de El Tirano para ir a tratarse en Cuba jamás debió ser autorizado. Al autorizarlo todos los diputados que votaron a favor, incluyendo a los de oposición, aceptaron que es política exterior de Venezuela la sumisión colonial a Cuba, a tal extremo de entregarle el gobierno de Venezuela, puesto que el enfermo no puede físicamente ejercerlo mientras se encuentre en un estado físico y mental que lo incapacita, lo que se presume porque se oculta el cuerpo y se guarda el secreto médico. Nada justifica dar el consentimiento a una traición a la patria y a un agravio irreparable al honor y la dignidad nacional.
2.- La Constitución dispone: “la ciudad de Caracas es el asiento de los órganos del Poder Nacional” (Art.18). Agrega: “Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República”.
Como se ve, la Constitución establece la TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, al disponer expresamente que sólo puede ejercerse estando el mandatario dentro del territorio nacional. Nunca en el extranjero. Es INCONSTITUCIONAL, por consiguiente, el ejercicio de la presidencia de la República en y desde territorio extranjero.
La TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA obedece, entre otras razones, a prevenir la usurpación de la autoridad presidencial por un extranjero (en este caso, cubano), con motivo de la indisposición física o mental del titular (por ejemplo, inconsciencia inducida por la anestesia, pérdida del conocimiento por cualquier causa o tratamiento en terapia intensiva); a una exigencia de seguridad nacional, ya que el presidente podría ser objeto de violencia física o moral en el extranjero, sin que el país se percate; y al requisito de refrendo para la mayoría de sus actos, lo que obligaría a que todo el Consejo de Ministros viajase con él para estar disponible y certificar que está en sus cabales.
El traslado inconstitucional de la presidencia a Cuba sólo tiene por finalidad entregarla a los hermanos Castro para que la ejerzan directamente ocultándose detrás del enfermo.
3.- La Constitución dispone: “las faltas temporales del Presidente de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo..”(Art. 234). Falta temporalmente el Presidente de la República cuando no está en ejercicio del cargo, motivado por cualquier hecho que transitoriamente lo impida. Una de las faltas temporales es la ausencia del territorio nacional (Art. 235), ya que no puede ejercer el cargo en y desde el extranjero. Falta entonces el Presidente de la República porque está físicamente ausente del sitio donde la Constitución lo obliga a estar. Como al salir del país se produce de hecho la “acefalía”, ya que no está físicamente en el territorio nacional, es la única falta temporal para la cual se le exige autorización previa de la Asamblea Nacional.  Autorizar significa permitir y permitir significa dar permiso o consentimiento para la ausencia, y toda ausencia implica separación o alejamiento. La autorización de la Asamblea es, en verdad, un permiso para separarse temporalmente del cargo, efecto inmediato de su ausencia del país.
Todas las faltas temporales deben ser suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo. No está excluida ninguna, y mucho menos la ausencia del territorio nacional ya que tiene los efectos de una acefalía.  Si el Presidente de la República se ausenta del territorio nacional y el Vicepresidente Ejecutivo no es llamado a suplirlo, prestando el juramento de ley, debe entenderse que existe “acefalía” o “vacío de poder”. No hay presidente en ejercicio.
Procede, en consecuencia, llenar el vacío. Es lo que han hecho los hermanos Castro de Cuba, por cobardía de los venezolanos, valiéndose de su mensajero de confianza que le sirve de portavoz, confiados que en Venezuela se perdió definitivamente la hombría. Aquí armas y testículos son adornos.

viernes, 14 de diciembre de 2012

LA ACEFALÍA PRESIDENCIAL POR AUSENCIA DEL TERRITORIO NACIONAL NO SUPLIDA



La Constitución dispone: “las faltas temporales del Presidente de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo..”(Art. 234). Falta el Presidente de la República cuando no está en ejercicio del cargo, motivado por cualquier hecho que transitoria o temporalmente lo impida. Se tiene por temporal la falta cuando no exceda de noventa (90) días.
Una de las faltas temporales es la ausencia del territorio nacional (Art. 235). Ya sabemos que el Presidente de la República está obligado a estar en la ciudad de Caracas y, por extensión, dentro del territorio nacional. Por tanto, su ausencia del territorio nacional lo que impide dar cumplimiento a este requisito constitucional para su ejercicio. Significa que falta el Presidente de la República porque está físicamente ausente del sitio donde la Constitución lo obliga a estar.
Como esta falta temporal produce de hecho la “acefalía”, ya que el Presidente de la República no está en el territorio nacional, se le exige autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando vaya a prolongarse por un lapso superior a cinco días consecutivos.  Autorizar significa permitir y permitir significa dar permiso o consentimiento para la ausencia, que a su vez significa separación o alejamiento. La autorización de la Asamblea es, pues, un permiso para separarse temporalmente del cargo, efecto inmediato de su ausencia del país. Y al separarse del cargo, por el viaje al extranjero, se produce la falta temporal.
Todas las faltas temporales deben ser suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo. No está excluida ninguna, y mucho menos la ausencia del territorio nacional, a cual produce de hecho, como ya he dicho, los efectos de una acefalía. Pero el Vicepresidente Ejecutivo no se encarga automáticamente de la presidencia. Conforme a la Ley de Juramentos debe prestarlo primero y hacerlo constar.
Si el Presidente de la República se ausenta del territorio nacional y el Vicepresidente Ejecutivo no procede a suplirlo, prestando el juramento de ley, debe entenderse que existe “acefalía” o “vacío de poder”.

LA ACEFALÍA PRESIDENCIAL POR AUSENCIA DEL TERRITORIO NACIONAL



La Constitución dispone: “las faltas temporales del Presidente de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo..”(Art. 234).

Falta el Presidente de la República cuando no está en ejercicio del cargo, cuando se encuentra separado del mismo. Se tiene por temporal esta falta cuando no excede noventa (90) días.

Una de las faltas temporales es la ausencia del territorio nacional (Art. 235). Ya sabemos que el Presidente de la República está obligado a estar en la ciudad de Caracas y, por extensión, dentro del territorio nacional. Por tanto, su ausencia del territorio nacional constituye “falta”. Significa que falta el Presidente de la República porque está ausente del sitio donde la Constitución lo obliga a estar.

Como esta falta temporal produce de hecho la “acefalía”, ya que el Presidente de la República, cabeza del gobierno, no está en el territorio nacional, se le exige autorización de la Asamblea Nacional o de la Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos.  Autorizar significa permitir y permitir significa dar permiso o consentimiento para la ausencia, que a su vez significa separación. Toda ausencia implica separación, en este caso del cargo.

Todas las faltas temporales deben ser suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo. No está excluida ninguna, y mucho menos la ausencia del Presidente de la República del territorio nacional, que produce de hecho, como ya he dicho, los efectos de una acefalía.

LA TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA



La Constitución dice: “la ciudad de Caracas es la capital de la República y el asiento de los órganos del Poder Nacional” (Art.18). Agrega: “Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República”.
Como se ve, la Constitución establece la TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, al disponer expresamente que sólo puede ejercerse estando el mandatario dentro del territorio nacional.
La regla general es su ejercicio en y desde Caracas, capital de la República. La excepción: en otro lugar de la República. Nunca en el extranjero. Tratándose de disposiciones expresas, categóricas y precisas, no están sujetas a interpretación. Es INCONSTITUCIONAL, por consiguiente, el ejercicio de la presidencia de la República en y desde territorio extranjero.
La TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA obedece, entre otras razones, a preservar la dignidad nacional, que se lesionaría dando la impresión de que se gobierna el país desde el extranjero; a prevenir la posible usurpación de la autoridad presidencial por un extranjero, con motivo de la indisposición física o mental del titular (por ejemplo, inconsciencia inducida por la anestesia, pérdida del conocimiento por cualquier causa o tratamiento en terapia intensiva); a una exigencia de seguridad nacional, ya que el presidente podría ser objeto de violencia física o moral en el extranjero, sin que el país se percate; y al requisito de refrendo para la mayoría de sus actos, lo que obligaría a que todo el Consejo de Ministros viajase con él para estar disponible.
En conclusión, el Presidente de la República no puede gobernar el país desde el extranjero. Si lo hace, todos sus actos son inconstitucionales. Y, en consecuencia, deben ser desacatados.  Sería un acto de desobediencia civil en defensa de la Constitución.

jueves, 13 de diciembre de 2012

Liberación Nacional y No-Reelección (8) La inconstitucionalidad de la presidencia trashumante y sin rostro



La situación planteada de un presidente escondido en un país extranjero, es la mayor contribución de Venezuela al derecho constitucional: una presidencia trashumante y sin rostro. Sólo un pueblo que ha perdido la vergüenza, con su oposición a la cabeza, tolera esta humillación que nos ha convertido en el hazmerreir del mundo entero.

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Como se supone que Venezuela es una república se proclama que la soberanía reside en el pueblo. Pero no es así. Reside en El Tirano, quien usurpa la soberanía popular al manipular, con ventajismo y fraude, todas las elecciones valiéndose de su instrumento, el CNE, que a tal fin está integrado por cuatro servidoras suyas y un quinto escogido por él, en violación flagrante de la Constitución. Es un CNE inconstitucional, que INFECTA DE INCONSTITUCIONALIDAD al régimen en todas sus instituciones comenzando por la presidencia.

Este CNE inconstitucional, encargado de administrar el fraude, admitió la postulación inconstitucional de El Tirano quien, en ejercicio de las atribuciones que le fueron conferidas por una ley habilitante inconstitucional, se inhabilitó como inelegible por haberse conferido inconstitucionalmente el grado militar supremo de Comandante en Jefe, que lo convirtió en militar activo. Por añadidura El Tirano venía arrastrando el antecedente de que inconstitucionalmente dio por aprobada una enmienda de la Constitución que ya le había sido negada como reforma en un referéndum de pocos días atrás. Esta enmienda que establece la reelección indefinida, no sólo es inconstitucional por la forma, sino por el fondo evidentemente inconstitucional, ya que está en contradicción con el principio republicano por excelencia: el gobierno alternativo o la alternancia en el poder.

Reelecto inconstitucionalmente El Tirano se ausentó inconstitucionalmente del país, ya que no presentó el informe médico que justificara el permiso: ¿de qué está enfermo, porqué debe ser tratado en el extranjero y no en Venezuela, si no está enfermo porqué se va? Además de ausentarse inconstitucionalmente, El Tirano no entregó el cargo a quien debe suplir su falta, inconstitucionalidad agravada por el hecho de que estuvo desaparecido, suponiéndose que estaba escondido en Cuba. ¿Hay algo más inconstitucional que una república sin presidente en funciones y algo más vergonzoso dentro de lo inconstitucional que un presidente escondido en un país extranjero?

El escondite en Cuba es el colofón de la más vergonzosa de todas las inconstitucionalidades: la sumisión a Cuba con un gobierno títere, tan títere que no deja gobernante en Venezuela sino que la presidencia va y viene de Cuba, transformándose en trashumante. Y durante los días que estuvo desaparecido, Venezuela tuvo un presidente sin rostro. Un fantasma en la presidencia. Esto, señores, es la inconstitucionalidad más detestable, inaceptable e inadmisible porque nos humilló a los venezolanos, convirtiéndonos en el hazmerreir del mundo.

Después de habernos humillado, haciéndonos aparecer como un pueblo sinvergüenza, El Tirano regresa, sin desvelar el secreto de su viaje, a terminar de humillarnos completando su obra de inconstitucionalidad suprema, la que comenzó en el 99 cuando convocó inconstitucionalmente una Constituyente, que también inconstitucionalmente secuestró todos los poderes públicos y los puso bajo su control, estableciendo la tiranía. La Constituyente terminó la demolición inconstitucional declarando inconstitucionalmente aprobada una Constitución, que es por consiguiente “de facto”. Habiéndose acostumbrado, pues, El Tirano a jugar a la inconstitucionalidad, ya fastidiado de su propia Constitución ha decidido consumar otra inconstitucionalidad más grande. Se trata del Estado Comunal, nombre que le ha dado al inconstitucional Estado Comunista que fuera rechazado por el pueblo en 2007. Será sin duda el paroxismo de la inconstitucionalidad.

Ya está bueno. ¿Hasta dónde vamos a ser sinvergüenzas? Hemos llegado a la situación límite, peor que la que obligó al general De Gaulle a actuar para salvar a Francia, lo que justificó con estas palabras: “Yo no tomé el poder, lo levanté del suelo adonde había caído.”

lunes, 3 de diciembre de 2012

Liberación Nacional y No-Reelección (7) Un país sin cabeza, en la nada absoluta



El Tirano, único líder de la tiranía comunista, está escondido en Cuba, ocultando su enfermedad. Y, por otra parte, la oposición fue decapitada en la elección pasada. El país clama por un liderazgo que provoque un sacudón.

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Durante la campaña electoral advertí que la oposición no tenía por delante un camino sino dos: el camino nica y el camino peruano. Expliqué que el “camino nica” es el seguido en Nicaragua: una tiranía comunista, sostenida por Venezuela, que concentra todos los poderes, entre ellos el electoral, pasando por encima de la Constitución, incluso con una candidatura inconstitucional como la de Ortega, lo cual le permite ganar las elecciones valiéndose del ventajismo y del fraude, que son convalidados por una oposición que le sirve de comparsa, a cambio de unos cuantos diputados y unos cuantos alcaldes. Expliqué  que el “camino peruano” fue el seguido en Perú para ponerle fin a la tiranía de Fujimori. Parte de la premisa: en una tiranía no hay salida electoral por el ventajismo y el fraude. Aplicaron en consecuencia una estrategia en tres etapas: agitación (la campaña electoral es para agitar y preparar al pueblo para la toma del poder con el derrocamiento de la tiranía), deslegitimación (desconocimiento del resultado fraudulento) y desestabilización (movilización popular de resistencia en la calle que culmina en la rebelión popular). Señalé que el “camino nica” fue el seguido por la oposición venezolana en  2006, con el resultado de la consolidación de la tiranía y el avance del comunismo sin obstáculo. Por este antecedente no había otra alternativa en 2012 que el “camino peruano.” Desgraciadamente la oposición oficial o electorera volvió a tomar el camino equivocado, el nica, defraudando a todos.

A consecuencia de este error inexcusable e imperdonable el país vive actualmente un vacío de liderazgo absoluto. El único líder conocido, El Tirano, está ausente y puede terminar en ausencia definitiva, pero al mismo tiempo la oposición está sin cabeza. No hay un líder que oriente, dirija y guíe. No existe nadie que provoque un sacudón. Y no lo hay porque el “camino nica” conduce a una oposición castrada sometida al dominio de la tiranía, entretenida como niños en piñata peleándose los caramelitos de las gobernaciones y diputaciones regionales, mientras no hay gobierno. 

¿Qué estaría sucediendo si se hubiese seguido el “camino peruano”?. Tendríamos una crisis política terminal, próxima al derrumbe de la tiranía. La habría preparado una campaña de agitación contra el comunismo, el dominio de Cuba, la tiranía y la oligarquía saqueadora de la República. La hubiese exacerbado la desobediencia civil derivada de la deslegitimación de la presidencial al no ser reconocido el resultado fraudulento. Estaría llegando a su clímax con una desestabilización creciente porque, al debilitamiento de la autoridad política de El Tirano por la  desobediencia civil y la resistencia activa, se habría añadido su debilitamiento físico por la enfermedad, que lo ausenta del poder. Recordemos que el “camino peruano” alcanzó la meta con la renuncia de Fujimori estando ausente del país (estaba en Japón). Compárenlo con la ausencia de El Tirano oculto en La Habana. Y digo oculto, porque efectivamente está escondido, ya que no está a la vista de los venezolanos. 

El país está sin cabeza. El Tirano, líder único de la tiranía comunista, está escondido en Cuba. Y enfrente no hay nadie visible. Es la nada absoluta. ¿Qué hacer en estas circunstancias? Tener claro que  los “electoreros” perdieron su última oportunidad en la elección presidencial. Se les acabó su tiempo. El liderazgo debe ser asumido por la oposición de verdad, la radical y antisistema, la cual debe abrirse paso sin temor de sus cabecillas a ser acusados de divisionistas. Se hace necesaria otra unidad. La unidad de los que coinciden en abandonar el camino probadamente equivocado y, en su lugar, tomar la vía correcta, la única que ha tenido éxito. La que tuvo éxito el 11-Abril-2002 con la rebelión popular a la cual se unieron los militares provocando la renuncia de El Tirano. Esa fue una gran victoria, la solitaria victoria hasta ahora, una gesta del pueblo al estilo del 23-Enero-1958, que se le debe a la oposición de calle. No electorera, ni mediática, sino de calle, porque sólo el pueblo en la calle produce los cambios históricos al sumársele los militares.