Se consideró una de las grandes
conquistas de la democracia que los funcionarios públicos no tuvieran activismo
político y más aún que no participaran en las campañas electorales. Para dar el
ejemplo el Presidente de la República, apenas electo, renunciaba al cargo
directivo que venía desempeñando en su partido y además solicitaba una especie
de excedencia, en el sentido de que su militancia quedaba en suspenso mientras
fuera Jefe de Estado, eximiéndosele de disciplina de partido para que fuese por
lo menos formalmente presidente de todos los venezolanos. Y, por otra parte, el
Presidente de la República, que no podía optar a la reelección inmediata, tenía
prohibido participar en las campañas electorales, sean presidenciales,
regionales o municipales, a favor de los candidatos de su partido y en contra
de la oposición. Del cumplimiento estricto de este deber constitucional y legal
se encargaba el CSE.
Los funcionarios nacionales,
regionales y municipales (ministros, gobernadores, alcaldes, etc.) que
quisieran participar en campañas electorales debían renunciar a su cargo. Y
efectivamente lo hacían. A tal fin, las leyes electorales reglamentaron el
precepto constitucional que aclara que los funcionarios públicos están al
servicio de la República, el Estado o el Municipio, según sea el caso, y no de
una parcialidad política. No podían, por tanto, los funcionarios tener
activismo político-partidista.
Aunque la Constitución de 1.999
repite el precepto de la anterior de 1.961, hemos sufrido un retroceso. Los
funcionarios públicos, comenzando por el Presidente de la República, son jefes
de partido, candidatos de gobierno o de oposición, hacen política partidista
todos los días y participan activamente en todas las campañas electorales. De
este modo, prevalidos de la proyección mediática de sus cargos y del manejo de
presupuestos elevados, ejercen un verdadero monopolio de la política. Esta se
ha convertido en una actividad reservada a los funcionarios públicos que
desempeñan cargos con presupuesto. Algo
inconstitucional e inmoral. Inconstitucional porque está prohibido por la
Constitución. Inmoral porque lesiona el patrimonio público, tanto porque el
funcionario no se dedica exclusivamente a su cargo, como es su obligación
legal, como porque desvía recursos presupuestarios al fomento de su imagen y al
sostenimiento de su maquinaria electoral.
Gobierno y oposición están
incursos en esta conducta reprochable, una verdadera involución política. Al
incurrir en el mismo vicio la oposición pierde autoridad moral. Se hace igual
al gobierno, no encontrando el pueblo diferencia entre ellos. Hay que acabar
con esta inconstitucionalidad e inmoralidad, para lo cual debe consagrarse para
siempre la no-reelección, declarar la incompatibilidad del cargo público con
directiva en partidos, lo que acarrearía la inhabilitación por años, y
sancionar como delito electoral la participación de los funcionarios públicos
en las campañas electorales, imponiendo las penas más severas a los altos
cargos.
ACABEMOS CON ESTE RELAJO.
REFLEXIONES 10
21-06-13
Se le saluda con respeto Doctor. Somos un Portal de Noticias radicado en Nueva Esparta y hemos tomado este artículo suyo para nuestra sección de "Sitio Plural" donde presentamos varias opiniones y aristas del acontecer nacional. Nos pareció interesante dado el titular aparecido en VTV sobre "Gobierno Nacional evaluó agenda electoral para la victoria perfecta del 8-D", por eso necesitamos esta colaboración suya.
ResponderEliminarSomos notiespartano.com, si por alguna razón no está de acuerdo, por favor hágalo saber por este correo. Gracias.
Lic. Guillermo Rodríguez Q.