viernes, 21 de junio de 2013

El inconstitucional e inmoral activismo político-partidista de los funcionarios públicos

Se consideró una de las grandes conquistas de la democracia que los funcionarios públicos no tuvieran activismo político y más aún que no participaran en las campañas electorales. Para dar el ejemplo el Presidente de la República, apenas electo, renunciaba al cargo directivo que venía desempeñando en su partido y además solicitaba una especie de excedencia, en el sentido de que su militancia quedaba en suspenso mientras fuera Jefe de Estado, eximiéndosele de disciplina de partido para que fuese por lo menos formalmente presidente de todos los venezolanos. Y, por otra parte, el Presidente de la República, que no podía optar a la reelección inmediata, tenía prohibido participar en las campañas electorales, sean presidenciales, regionales o municipales, a favor de los candidatos de su partido y en contra de la oposición. Del cumplimiento estricto de este deber constitucional y legal se encargaba el CSE.

Los funcionarios nacionales, regionales y municipales (ministros, gobernadores, alcaldes, etc.) que quisieran participar en campañas electorales debían renunciar a su cargo. Y efectivamente lo hacían. A tal fin, las leyes electorales reglamentaron el precepto constitucional que aclara que los funcionarios públicos están al servicio de la República, el Estado o el Municipio, según sea el caso, y no de una parcialidad política. No podían, por tanto, los funcionarios tener activismo político-partidista.

Aunque la Constitución de 1.999 repite el precepto de la anterior de 1.961, hemos sufrido un retroceso. Los funcionarios públicos, comenzando por el Presidente de la República, son jefes de partido, candidatos de gobierno o de oposición, hacen política partidista todos los días y participan activamente en todas las campañas electorales. De este modo, prevalidos de la proyección mediática de sus cargos y del manejo de presupuestos elevados, ejercen un verdadero monopolio de la política. Esta se ha convertido en una actividad reservada a los funcionarios públicos que desempeñan cargos con presupuesto.  Algo inconstitucional e inmoral. Inconstitucional porque está prohibido por la Constitución. Inmoral porque lesiona el patrimonio público, tanto porque el funcionario no se dedica exclusivamente a su cargo, como es su obligación legal, como porque desvía recursos presupuestarios al fomento de su imagen y al sostenimiento de su maquinaria electoral.

Gobierno y oposición están incursos en esta conducta reprochable, una verdadera involución política. Al incurrir en el mismo vicio la oposición pierde autoridad moral. Se hace igual al gobierno, no encontrando el pueblo diferencia entre ellos. Hay que acabar con esta inconstitucionalidad e inmoralidad, para lo cual debe consagrarse para siempre la no-reelección, declarar la incompatibilidad del cargo público con directiva en partidos, lo que acarrearía la inhabilitación por años, y sancionar como delito electoral la participación de los funcionarios públicos en las campañas electorales, imponiendo las penas más severas a los altos cargos.

ACABEMOS CON ESTE RELAJO.

REFLEXIONES 10

21-06-13


1 comentario:

  1. Se le saluda con respeto Doctor. Somos un Portal de Noticias radicado en Nueva Esparta y hemos tomado este artículo suyo para nuestra sección de "Sitio Plural" donde presentamos varias opiniones y aristas del acontecer nacional. Nos pareció interesante dado el titular aparecido en VTV sobre "Gobierno Nacional evaluó agenda electoral para la victoria perfecta del 8-D", por eso necesitamos esta colaboración suya.
    Somos notiespartano.com, si por alguna razón no está de acuerdo, por favor hágalo saber por este correo. Gracias.

    Lic. Guillermo Rodríguez Q.

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