Venezuela es
un país en ruina a causa de la implantación forzada del comunismo, el cual ha
empobrecido a los venezolanos al extremo de padecer una crisis humanitaria sin
antecedentes en la historia nacional y sin parangón en América, sometido además
a la ignominia de ser la única narcotiranía existente en América y, para mayor
humillación, títere de Cuba, a la cual fue cedida la soberanía nacional por los
mayores traidores a la patria que pueblo alguno haya tenido la desgracia de
concebir. Esta situación político-socioeconómica habría bastado a los grandes
líderes del pasado, desde Bolívar y demás libertadores hasta los fundadores de
la República Civil (1958-1998), para llamar a la rebelión y no descansar hasta
la victoria. Y a nosotros nos obliga a ponerla en marcha para liberarnos
de Cuba, del comunismo y de la narcotiranía. Este deber no admite la excusa
legalista, porque existe el marco jurídico-político.
Ese marco
político-jurídico, que está vigente pero pendiente de ejecución, es el
siguiente:
1) Acuerdo
de la Asamblea Nacional de fecha 23-10-2016, que dice: PRIMERO: Declarar
la ruptura del orden constitucional y la existencia de un golpe de estado
cometido por el régimen de Nicolás Maduro en contra de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y el pueblo de Venezuela. SEGUNDO: Convocar
al pueblo de Venezuela, en virtud de los preceptos constitucionales, en
especial lo establecido en el Art. 333 de nuestra Constitución, a la defensa activa,
constante y valiente de nuestra Carta Magna, de la democracia y el Estado de
Derecho, hasta lograr la restitución del Orden Constitucional.
2) Acuerdo
de la AN de fecha 09-E-2017, vigente para la presente fecha pero todavía
pendiente de ejecución, que dispone: 1. Declarar que Nicolás Maduro Moros,
invocando el cargo de Presidente de la República, ha incurrido en acciones y
omisiones que sitúan su desempeño completamente al margen del diseño y
funciones constitucionales de la Presidencia de la República, en virtud de la
grave ruptura del orden constitucional y democrático, la violación de derechos
humanos, la devastación de las bases económicas y sociales de la Nación y los
atentados a la integridad de la República que ha llevado a cabo. 2. Declarar,
en consecuencia, y de conformidad con los artículos 232 y 233 de la
Constitución, que Nicolás Maduro Moros ha abandonado su cargo, abandonando el
principio de la supremacía constitucional establecido en el artículo 7 del
texto fundamental, el principio del Estado Democrático de Derecho y de Justicia
establecido en el artículo 2 de la Constitución, así como las funciones
constitucionales inherentes al cargo de Presidente de la República,
especialmente la referida a la obligación de cumplir y hacer cumplir el ordenamiento
constitucional y las leyes, establecida en el numeral 1 del artículo 236 de la
Constitución.
3) Acuerdo
de la AN de fecha 01-08-17, que dice: Ratificar que todos los actos (de) la
Asamblea Nacional Constituyente deben ser desconocidos. Asimismo, se ratifica
el derecho de resistencia del pueblo de Venezuela frente a esa fraudulenta e
ilegítima Asamblea Nacional Constituyente, así como el deber de los
funcionarios e integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de
desobedecer todos los actos derivados de la fraudulenta constituyente, y
contribuir activamente para restablecer la vigencia efectiva de la Constitución
de 1999.
Estos tres
acuerdos fundamentados en la Constitución, que están vigente pero pendiente de
ejecución, servirán de base jurídico-política a la rebelión popular.
@petitdacosta
28-08-17
28-08-17
Eso hay que publicarlo en todas las redes sociales, yo hago mi parte ya....
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