sábado, 29 de marzo de 2014

UNA CUESTIÓN PREVIA A TODAS LAS DEMÁS


A los abogados nos enseñan que la ilegitimidad de la contraparte debe plantearse como cuestión previa antes de entrar a la consideración del asunto de fondo. Lo mismo debe hacerse en política. No es válida la transacción que se celebre con quien carece de legitimidad.
Hay una cuestión previa a todas las demás que, por su “colaboracionismo”, obvió la MUD ante UNASUR. Ha debido plantearla, excusándose de sentarse a dialogar mientras no se la resuelva, visto que la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo la han eludido sospechosamente. Se trata del cumplimiento de los Arts. 41, 227 y 238 de la Constitución, relativos al requisito de la nacionalidad del Presidente y del Vice-Presidente Ejecutivo de la República.
El 41 dispone que sólo los venezolanos por nacimiento y sin otra nacionalidad pueden ejercer los cargos de Presidente y Vice-Presidente Ejecutivo. El 227 ratifica la exigencia de este requisito, por lo cual se lo debe considerar fundamental e imprescindible y que no puede ser subsanado ni siquiera por renuncia tácita o expresa de la MUD a exigirlo. El 238 lo exige también para el Vice-Presidente Ejecutivo.
A la comisión de UNASUR se la ha debido poner en el compromiso de exigir a Maduro la exhibición de su partida de nacimiento y de las partidas de nacimiento de sus padres. La primera para verificar si tiene la nacionalidad venezolana por el lugar de nacimiento (jus soli). Las otras para verificar su nacionalidad por la filiación (jus sanguini). Y del examen de todas ellas constatar si es exclusivamente venezolano por nacimiento. Maduro tiene la carga de la prueba de su legitimidad por la nacionalidad. Mientras no la pruebe, debe tenérsele por ilegítimo y así debió hacérsele ver a la comisión de UNASUR. ¿Podría negarse UNASUR a demandar de Maduro la exhibición de las partidas de nacimiento suya y de sus padres? Entonces hubiese quedado probada su complicidad con Maduro, lo que eximiría siquiera de atender su invitación. Y si UNASUR hubiese accedido al pedimento negándose Maduro a la exhibición? Entonces UNASUR mismo tendría que aceptar que Maduro ejerce ilegítimamente la presidencia.
En este último supuesto las consecuencias jurídico-políticas serían:
1.- La nulidad de su nombramiento como Vice-Presidente Ejecutivo de fecha 8 de diciembre de 2012 y de todos sus actos como tal Vice-Presidente.
2.- La nulidad de su postulación a Presidente de la República y, desde luego, la nulidad de su elección por ser inelegible para el cargo.
3.- La nulidad de sus actos como Presidente de la República, incluido el nombramiento del ciudadano Jorge Arreaza como Vice-Presidente Ejecutivo. Esto último significaría la acefalía absoluta de la Presidencia de la República sobre cuya provisión no adelanto opinión.
Conclusión: Si a la MUD la obsesiona que la crisis política tenga una salida electoral, cabía esperar que planteara la cuestión de la nacionalidad de Maduro como previa a cualquier diálogo. Al obviar este asunto, solidarizándose con Maduro, confirma su posición “colaboracionista”. Tratar con Maduro sin aclarar el cumplimiento del requisito de la nacionalidad para el ejercicio del cargo es evidente “colaboracionismo.”
Haremos el ridículo ante el mundo entero si la verdad sobre la nacionalidad de Maduro se descubre cuando haya terminado su período. Por seriedad y prestigio debemos aclarar este asunto ya.
REFLEXIONES 44                                                            29-03-14

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