La
Constitución dispone: “las faltas temporales del Presidente de la República
serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo..”(Art. 234). Falta el
Presidente de la República cuando no está en ejercicio del cargo, motivado por
cualquier hecho que transitoria o temporalmente lo impida. Se tiene por
temporal la falta cuando no exceda de noventa (90) días.
Una de
las faltas temporales es la ausencia del territorio nacional (Art. 235). Ya
sabemos que el Presidente de la República está obligado a estar en la ciudad de
Caracas y, por extensión, dentro del territorio nacional. Por tanto, su
ausencia del territorio nacional lo que impide dar cumplimiento a este
requisito constitucional para su ejercicio. Significa que
falta el Presidente de la República porque está físicamente ausente del sitio donde
la Constitución lo obliga a estar.
Como
esta falta temporal produce de hecho la “acefalía”, ya que el Presidente de la República
no está en el territorio nacional, se le exige autorización de la Asamblea
Nacional o de la Comisión Delegada, cuando vaya a prolongarse por un lapso
superior a cinco días consecutivos. Autorizar
significa permitir y permitir significa dar permiso o consentimiento para la
ausencia, que a su vez significa separación o alejamiento. La autorización de
la Asamblea es, pues, un permiso para separarse temporalmente del cargo, efecto
inmediato de su ausencia del país. Y al separarse del cargo, por el viaje al
extranjero, se produce la falta temporal.
Todas
las faltas temporales deben ser suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo. No
está excluida ninguna, y mucho menos la ausencia del territorio nacional, a
cual produce de hecho, como ya he dicho, los efectos de una acefalía. Pero el
Vicepresidente Ejecutivo no se encarga automáticamente de la presidencia.
Conforme a la Ley de Juramentos debe prestarlo primero y hacerlo constar.
Si el
Presidente de la República se ausenta del territorio nacional y el
Vicepresidente Ejecutivo no procede a suplirlo, prestando el juramento de ley,
debe entenderse que existe “acefalía” o “vacío de poder”.
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