Esta es la
situación jurídico-política:
1.- En octubre de 2016 la AN declaró roto el orden
constitucional por el Golpe de Estado dado por el entonces Presidente Nicolás
Maduro Moros, con el apoyo del Alto Mando Militar, usando como instrumento al
TSJ. Esto significa que la Constitución ya había dejado de observarse desde
entonces por un acto de fuerza, que se ha continuado con estos hechos: a) La AN
fue despojada de sus atribuciones constitucionales, quedando como un cero a la
izquierda; b) El Ejecutivo ha venido gobernando bajo un permanente estado de
excepción que al no estar sometido a control parlamentario significa TIRANÍA
por estar al margen de la Constitución; y, c) La administración de la Hacienda
Pública Nacional está sin control parlamentario, lo que significa
ARBITRARIEDAD.
2.- Desde la fecha en que declaró roto el orden constitucional la AN debió proceder al CONTRAGOLPE CONSTITUCIONAL como se lo ordena el Art. 333: “En tal eventualidad, todo ciudadano investido o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia” (de la Constitución). En consecuencia, debió hacer lo siguiente: a) Tratándose de un AUTOGOLPE deponer a Nicolás Maduro Moros del cargo de Presidente de la República, primera medida para restablecer la vigencia efectiva de la Constitución; b) Deponer de sus cargos a todos los coautores y cómplices del AUTOGOLPE, incluyendo al Vicepresidente de la República, los Ministros y el TSJ; c) Elegir un Encargado de la Presidencia de la República que ejerza el cargo hasta que sea electo el que completará el período (hasta 10 de enero 2019); y, d) Ordenar a la FAN el acatamiento a su nuevo Comandante en Jefe.
Al no haberlo hecho hasta la presente fecha los
señores diputados, sin excepción, han violado la Constitución por faltar a su
deber de proceder como ella ordena, recayendo también sobre ellos las
consecuencias jurídicas establecidas en las leyes por no haber restablecido o
contribuido a restablecer el imperio de la Constitución.
3.- El 9 de enero de 2017 la AN optó por deponer a Nicolás Maduro Moros de la Presidencia de la República, no aplicando el Art. 333 de la Constitución como procedía, sino declarando su falta absoluta por abandono del cargo conforme al Art. 233. Desde entonces Nicolás Maduro Moros usurpa el cargo.
Han transcurrido más de cinco meses desde la
declaración de acefalía o vacancia del cargo sin que la AN haya resuelto lo
conducente a su provisión, persistiendo esta situación anómala. Mientras tanto
el usurpador Nicolás Maduro Moros viene ejerciendo un gobierno de facto en
permanente estado de excepción sin control parlamentario, lo que podemos
calificar de tiranía perfecta.
Al no tomar medidas destinadas a ponerle fin a la
usurpación y al gobierno de facto consiguiente, la AN ha faltado a su deber
constitucional. Lo que está planteado entonces es que lo cumpla. Y al hacerlo
convoque al pueblo a la calle para que se mantenga en ella hasta que el
usurpador entregue el cargo.
4.- Conclusión: Estamos perdiendo el tiempo miserablemente por culpa de la AN con marchas de aquí para allá sin objetivo preciso, cuando lo que procede hacer de inmediato lo que ordena el 333 de la Constitución, haciendo lo siguiente: elegir a un Encargado de la Presidencia, previa remoción del Vice, y a los sustitutos de los magistrados ilegítimos del TSJ y del CNE.
Ha llegado el momento de jugársela completo con el CONTRAGOLPE
CONSTITUCIONAL. Exhortemos en este sentido a los señores de LA SALIDA para que
lo asuman.
NARCOTIRANÍA COMUNISTA 28 19-06-17
Completamente de acuerdo, es hora de actuar y sacar a Nicolás y los narcocorruptos que lo acompañan, igualmente a todos los políticos que vendieron su conciencia, dan pena, pasarán a los recovecos más oscuros de la historia, Venezuela necesita gente que la ame, que le duela esta paria,que de la vida, el alma por ella.
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