domingo, 24 de julio de 2016

Ejecutar el revocatorio del 6D contra Maduro


Al dejar fuera de combate al TSJ la AN no tiene excusas para negarse a proceder contra Maduro a fin de completar la ejecución del revocatorio del 6D como lo dicen los Obispos, apelando al pueblo en la calle
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Los Obispos dijeron muy claro a los políticos cuál debe ser la tarea de la AN: ejecutar el revocatorio celebrado el 6D. Las mujeres del Táchira les enseñaron cómo hacerlo: con el pueblo en la calle, sin temor a la represión. Parece que las palabras de los Obispos y la movilización de las tachirenses avergonzaron a los diputados que habían caído en el inmovilismo. Y tomaron, por fin, la decisión que debieron tomar apenas se instalaron en Enero: dejar sin efectos el nombramiento y juramentación de los magistrados designados inconstitucionalmente en diciembre de 2015 por una AN despojada de la representación popular porque su mandato había sido revocado. Es el primer acto de ejecución del revocatorio del 6D: romper  la camisa de fuerza que nos colocó la tiranía comunista, servil a Cuba, poniendo fuera de combate a su casamata, en lo que se había convertido el TSJ, el cual disparaba sus sentencias como balas de ametralladora impidiendo el avance hacia la democracia. Puesta fuera de combate la casamata de la tiranía comunista, servil a Cuba, queda removido el obstáculo principal para avanzar hacia la liberación y la democracia. Y al retrotraerse la ilegitimidad del TSJ a la fecha de su designación todas sus sentencias son nulas, incluyendo la brutal medida cautelar contra los diputados de Amazonas, que constituye un error inexcusable de derecho. En el primer año de la carrera, al cursar Derecho Constitucional, le enseñan al alumno que, primero, la inmunidad parlamentaria fue instituida fundamentalmente para proteger a los diputados de oposición y, segundo, que en Venezuela tienen esta garantía desde el acto de proclamación porque las tiranías solían valerse de maniobras, durante el lapso que media hasta su juramentación, para impedir su incorporación y con ella, por ejemplo, completar la mayoría calificada que serviría para tomar decisiones transcendentales. Y que la inmunidad parlamentaria adquirida desde la proclamación sólo se pierde con el allanamiento, pero nunca se la puede suspender temporalmente, ya que sería una las tretas de que se puede valer la tiranía para neutralizar a la AN. Como efectivamente lo fue en este caso. No debió acatar la AN esta descarada y flagrante violación de la Constitución, sustentada en un error inexcusable. Le toca ahora corregir su falla reincorporando a los diputados de Amazonas para completar la mayoría calificada. Y al tenerla carecerá de excusas para proceder a deponer a Maduro tomando una de estas tres decisiones o las tres conjuntamente en un solo acto: 1) Dejar sin efectos el acto de juramento de Maduro ante la AN el 19-04-2013 (Decreto Gramcko) por su ilegitimidad debido a que no presentó ni ante el CNE ni ante la AN el Certificado de Nacionalidad Venezolana, por nacimiento y sin otra nacionalidad, fundamentado en su partida de nacimiento y las de sus padres, en prueba de cumplir con el requisito exigido por la Constitución en los Arts. 41 y 227; 2) Aplicarle el Art. 333, deponiéndolo del cargo, por haber roto el orden constitucional (estado de excepción y sus prórrogas sin autorización de la AN, hambruna y muerte por mengua por implantación inconstitucional del comunismo, sumisión a Cuba, tiranía, fomento de la delincuencia organizada, violación de los derechos humanos, ejércitos irregulares- milicias y colectivos, FANB como partido armado) tal como lo declaró expresamente la misma AN mediante acuerdo y lo ratificó la OEA, en la persona de su secretario general (Informe Almagro), cuando solicitó la aplicación de la Carta Democrática; y, 3) Abandono del cargo (Art. 233) por haber delegado la función del Jefe de Gobierno en el General Vladimir Padrino López, fundamentando la delegación en la violación flagrante de la Constitución constituida por el estado de excepción nulo de nulidad absoluta por no haber sido aprobado por la AN.
Esta decisión es de extrema urgencia, porque el hambre apremia, así como la exposición a morir de mengua por falta de medicamentos y atención médica. La toma la AN recurriendo al pueblo en la calle para hacerla ejecutar. O la toma el pueblo llevándose por delante a militares y políticos, como lo hicieron las mujeres tachirenses.
No hay tiempo que perder. Ya el revocatorio se efectuó el 6D, como dicen los Obispos. ¿Es que acaso 112 diputados y 2/3 de la AN no es un revocatorio con mandato imperativo para echar a Maduro de inmediato? Entonces procedan sin más demora, apelando al pueblo en la calle.

Liberación Nacional y No-Reelección (176)


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