miércoles, 18 de enero de 2012

EL MENSAJE PRESIDENCIAL

Es un error político y jurídico hablar de la memoria y cuenta del Presidente de la República. Inexcusable error cuando son  diputados los que lo dicen. Demuestra que no han leído la Constitución, ni conocen la tradición constitucional y parlamentaria de Venezuela y de los países americanos con sistema presidencial.

Veamos. El Art. 237 de la Constitución del 99, que es la vigente, establece: “Dentro de los diez primeros días siguientes a la instalación de la Asamblea Nacional, en sesiones ordinarias, el Presidente o Presidenta de la República presentará cada año PERSONALMENTE a la Asamblea un MENSAJE que dará cuenta de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior.”

Comparemos con la Constitución del 61: “Art. 191.- Dentro de los diez primeros días siguientes a la instalación del Congreso, en sesiones ordinarias, el Presidente de la República, personalmente o POR MEDIO DE UNO DE LOS MINISTROS, presentará cada año, a las Cámaras reunidas en sesión conjunta, un MENSAJE en que dará cuenta de los aspectos políticos y administrativos de su gestión durante el año inmediatamente anterior. En dicho Mensaje el Presidente EXPONDRÁ LOS LINEAMIENTOS DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN…”

Ahora bien, un mensaje es un recado de palabra o por escrito que una persona envía a otra. Memoria es una relación de gastos hechos en una dependencia o negociado, así como la exposición de hechos, datos o motivos referentes a determinado asunto.  Estas son las acepciones de las palabras empleadas por el constituyente. Por ello distingue entre el mensaje o recado y la memoria, en su doble sentido de exposición de motivos y cuenta. Así el Presidente de la República dirige un MENSAJE mientras sus ministros presentan MEMORIA Y CUENTA detallada de su gestión.

Veamos ahora el origen histórico. En 1790, establecido el sistema presidencial en Estados Unidos, el Presidente Washington presentó el primer mensaje anual ante el Congreso, lo que desde entonces han hecho los que le han sucedido en el cargo. Allá se lo denomina DISCURSO SOBRE EL ESTADO DE LA UNIÓN, pues de eso trata. De allí, pues, que este acto protocolar sea una copia del sistema estadounidense.

El mensaje presidencial está concebido en la tradición constitucional como un acto solemne en el cual el Presidente de la República se dirige al pueblo, a través de sus representantes, haciendo un balance sobre su gobierno en el año anterior y enunciando las líneas maestras de su política en el año recién iniciado.

Si en la Constitución de la nueva etapa histórica, que sucederá a la actual tiranía comunista, se mantiene el sistema presidencial se tendrá que establecer, además de la presentación personal del mensaje, que sea escrito y que su lectura no exceda las dos horas. El que sea escrito facilita su divulgación por los medios de comunicación social y la duración máxima va en beneficio de la audiencia, que sólo así le podría prestar atención. Hay que acabar con el abuso de los discursos extensos en cadena de radio y televisión.

Simultáneamente, debería restablecerse el examen de las memorias y cuentas de los ministros por los congresistas en sesión plenaria, concluyendo con su aprobación o improbación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario