viernes, 22 de diciembre de 2017

LAS VÍAS DE ACCESO A LA TRANSICIÓN


Tres son las vías para instalar el gobierno de transición a una nueva democracia:
1.- Por iniciativa de la MUD. Ya sabemos que todos los partidos que la integran son colaboracionistas. Ocurre, sin embargo, que la Constituyente Comunista ha ilegalizado para la elección presidencial, que es la aspiración máxima de sus directivos, a los partidos que no participaron en las elecciones municipales. Sólo pueden participar en la presidencial los partidos de los infiltrados: AP y UNT. Por consiguiente, únicamente pueden ser candidatos presidenciales los infiltrados Henry Falcón y Manuel Rosales, escogidos para servir de comparsa electoral a Maduro. Quedan sin opción Capriles y Borges (PJ), Ramos Allup (AD), Leopoldo López (VP) y Andrés Velásquez (CR). ¿Cuál debería ser la respuesta de ellos a su inhabilitación? Ordenar a sus diputados en la AN que, unidos a los diputados de Soy Venezuela (Ledezma y Machado), procedan a designar el Encargado de la Presidencia de la República en sustitución de Maduro, quien fue cesado el 09-01-17 al declararse su falta absoluta por abandono del cargo (Art. 233 CN), destituyendo previamente al Vice Aissami, con fundamento en el 333, por haber participado en el autogolpe de Maduro que rompió el orden constitucional (acuerdo 23-10-16).
Descarto que los colaboracionistas procedan de esta manera. Veamos entonces la segunda vía.
2.- Por iniciativa de los exiliados. Repito el procedimiento: I) Un grupo de exiliados solicita al TSJ en el exilio que declare que la AN ha incurrido en estas omisiones inconstitucionales: a) Haber declarado roto el orden constitucional (acuerdo 23-10-16) y no tomar de inmediato las medidas destinadas a restablecer la vigencia efectiva de la Constitución tal como lo ordena el Art. 333; y, b) Haber cesado a Maduro en el cargo mediante declaración de falta absoluta conforme al Art. 233 y no tomar las medidas conducentes a su sustitución designando al Encargado de la Presidencia de la República que ejercerá hasta la celebración de la elección presidencial, previa destitución del Vice Aissami con fundamento en el 333. II) El TSJ en el exilio declara la existencia de las omisiones constitucionales y fija un plazo a la AN para que las subsane. III) Vencido el plazo sin que la AN lo haya hecho, el TSJ las subsana designando Encargado de la Presidencia de la República a uno de los exiliados (Ledezma, Arria, etc.) que así se convertirá en Presidente en el exilio que procurará el apoyo internacional para desalojar a Maduro de Miraflores e instalarlo en el poder.
Veo que, a pesar de mi insistencia, nada se ha hecho en este sentido. Será entonces la tercera vía la que nos conducirá al objetivo.
3.- Por iniciativa militar. Al fracasar los políticos, le tocará a los militares actuar. El procedimiento es simple: I) En ejecución de los acuerdos de la AN antes mencionados, proceden a subsanar las omisiones constitucionales en que ha incurrido la AN obligando a Maduro y a Al-Aissami a entregar sus respectivos cargos; II) Para sustituir a Maduro presentan un civil a la AN para que apruebe su nombramiento; III) Posesionado el civil nombra al Vice-Presidente Ejecutivo y a todos los ministros.
A los diputados colaboracionistas les será imposible negarse porque el pueblo los presionaría rodeando el Capitolio.   
Estas son las tres vías de acceso a la transición a una nueva democracia en las circunstancias actuales. Tienen fecha de caducidad: enero 2018.

ALIANZA LIBERTADORA 14             22-12-17

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