lunes, 16 de julio de 2012

No puede seguir siendo presidente


Compatriotas: Se imaginan ustedes como se hubiesen visto Luis Herrera, Lusinchi o Pérez vestidos con un pomposo uniforme militar de Comandante en Jefe. Hubiese sido, no sólo grotesco, sino inadmisible y repudiable por inconstitucional. Es la misma inconstitucionalidad que alegan distinguidos militares retirados para impugnar la postulación de El Tirano.  Todos los civiles debemos apoyarlos. Les diré porqué.  

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Con el fin de consagrar la supremacía del poder civil sobre el militar, la Constitución de 1947, dispuso, primero, que las FAN “constituyen una institución apolítica, especialmente profesional, obediente y no deliberante” (Art. 93) y, segundo, que “el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela (que sólo podía serlo un civil) es la suprema autoridad jerárquica de las FAN” (Art. 102).

Restablecida la democracia, después de la dictadura militar, la Constitución de 1961 repitió que, primero, “las FAN forman una institución apolítica, obediente y no deliberante” (Art 132) y, segundo, es atribución del Presidente de la República “ejercer, en su carácter de Comandante en Jefe de las FAN, la suprema autoridad jerárquica de ellas” (Art. 190,3º).

La vigente Constitución de facto de 1999, siguiendo la misma orientación, establece: primero, la FAN no tiene militancia política ni está al servicio de partido ni de persona alguna (no puede ser comunista, socialista y mucho menos chavista); segundo, sus miembros tienen derecho al sufragio activo (electores), pero NO LES ESTÁ PERMITIDO OPTAR A CARGO DE ELECCIÓN POPULAR, NI PARTICIPAR EN ACTOS DE PROPAGANDA, MILITANCIA O PROSELITISMO POLÍTICO (o sea, son inelegibles, por lo cual su postulación y posterior elección estarían viciadas de nulidad absoluta por inconstitucionales); y, tercero, el Presidente de la República, en razón de haber sido electo para este cargo, PRECISAMENTE POR NO SER MILITAR, YA QUE EN TAL SUPUESTO SERÍA INELEGIBLE, tiene la atribución de “dirigir la FAN en su carácter de Comandante en Jefe y ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella”, LA CUAL ESTÁ RESERVADA A UN CIVIL, PORQUE SÓLO LOS CIVILES PUEDEN SER ELECTOS PARA EL CARGO (Arts. 236,5; 328  y 330). Se concluye que el Presidente de la República no se integra a la FAN, sino que se superpone a ella, ejerciendo su autoridad militar por encima y desde afuera en razón de la preeminencia y primacía del poder civil, que es la causa de que se la atribuya. Dicha autoridad jerárquica cesa a la terminación de su mandato como si nunca la hubiese ejercido. Al dejar de ser presidente no pasa a ser Comandante en Jefe en situación de retiro porque no se trata de un grado militar.

En flagrante y descarada violación de su propia Constitución, El Tirano se ha conferido “el grado militar de Comandante en Jefe” otorgándose “las insignias de grado y estandarte del Comandante en Jefe” que él mismo ha dispuesto para sí. De este modo se ha declarado miembro activo de la FAN, creándose una unidad operativa que denomina “la comandancia en jefe, integrada por un estado mayor y las unidades que designe” (Decreto Ley de fecha 09-03-2011). Es una subversión del orden constitucional al invertir la relación poder civil-poder militar. Ya no es un civil que ejerce el mando supremo sobre los militares, sino un militar que manda a los militares y gobierna a los civiles.

Al convertirse en militar activo, por tener grado e insignia, El Tirano se ha inhabilitado para optar a la presidencia de la República para el período 2013-2019 POR SER INELEGIBLE como lo dispone el Art. 330 de la Constitución de facto vigente. Este vicio de nulidad absoluta no le podrá ser convalidado por ninguna decisión administrativa o judicial complaciente, porque nada ni nadie está por encima de la Constitución (Art. 350). La inelegibilidad constituye un vicio de origen, imposible de subsanar, que arrastraría la deslegitimación de su re-elección para siempre.

La misma inelegibilidad, al sobrevenirle estando en ejercicio de la presidencia, lo deslegitima ipso facto. Escogido por él ser militar activo, con grado e insignias, ha quedado inhabilitado para seguir siendo presidente desde ese mismo momento, ya que no puede ser presidente y militar simultáneamente. O es presidente o es militar, pero no puede ser ambas cosas porque son constitucionalmente incompatibles. Y como escogió voluntariamente ser militar, quedó deslegitimado e inhabilitado como presidente por incompatibilidad. Ejerce el cargo inconstitucionalmente. Su situación es semejante a la del presidente que decide hacerse clérigo, incluso con la jerarquía de Sumo Pontífice, Cardenal-Primado, Patriarca Máximo o Pastor Excelso, y como tal viste. Por este hecho deja de ser presidente automáticamente ya que la Constitución exige el estado seglar para ejercer el cargo.

El Tirano se ha suicidado políticamente. Es inelegible para el próximo período. Y además está constitucionalmente inhabilitado para seguir en el cargo, lo que en sana lógica jurídica acarrea su destitución inmediata.

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