La AN acordó hoy, por unanimidad:
“Primero. Declarar como
inexistente la farsa realizada el 20 de mayo de 2018, al haberse realizado
completamente al margen de lo dispuesto en Tratados de Derechos Humanos, la
Constitución y las Leyes de la República.
Segundo. Desconocer los supuestos
resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral y en especial, la
supuesta elección de Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República,
quien debe ser considerado como un usurpador del cargo de la Presidencia de la
República.
Tercero. Desconocer cualesquiera
actos írritos e ilegítimos de proclamación y juramentación en virtud de los
cuales se pretenda investir constitucionalmente al ciudadano Nicolás Maduro
Moros como supuesto Presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el
período 2019-2025.
Cuarto. Exaltar la decisión del
pueblo de Venezuela, quien en defensa de nuestra Constitución y bajo el amparo
de los artículos 333 y 350 que la misma consagra, decidió rechazar, desconocer
y no convalidar la farsa convocada para el 20 de mayo, a pesar de la presión
gubernamental a través de los medios de control social.
Quinto. Reiterar el exhorto a la
comunidad internacional para que sean practicados sus buenos oficios en la
oportunidad de aumentar las condiciones que deriven en la solución de la crisis
humanitaria y en el restablecimiento de la Democracia en el país.
Sexto. Reiterar el exhorto a la
Fuerza Armada Nacional para que cumpla y haga cumplir la Constitución y se le
devuelva la soberanía al pueblo venezolano.
Séptimo. Convocar al pueblo de
Venezuela, a todos los actores políticos, funcionarios públicos, y
representantes de la sociedad civil para unir esfuerzos a los fines de diseñar
una estrategia unitaria para promover un cambio político en Venezuela,
orientado al restablecimiento efectivo del Estado de Derecho y de la democracia
constitucional, tal y como lo ordena el artículo 333 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
Con este pronunciamiento la AN:
1.- Confirma que sigue roto el
orden constitucional, que ya lo estaba el 23-10-16 cuando así lo declaró.
2.- Confirma que Maduro usurpa el
cargo de Presidente, tanto desde el momento en que rompió el orden
constitucional en aquella fecha como desde el 09-01-17 cuando fue declarada su
falta absoluta, proponiéndose continuar en este delito.
3.- Califica correctamente la
abstención masiva del 20M como la manifestación de desconocimiento de la
autoridad de Maduro y su narcotiranía, bajo el amparo de los Arts. 333 y 350 de
la Constitución, lo que significa reconocer que con dicho pronunciamiento de
los ciudadanos se dio inicio al CONTRAGOLPE CONSTITUCIONAL que ordenan ambos
artículos en esta situación.
4.- Convoca al pueblo a cumplir
el deber constitucional de colaborar a la ejecución del CONTRAGOLPE
CONSTITUCIONAL cuya finalidad es el restablecimiento de la vigencia efectiva de
la Constitución.
5.- Exhorta también a los
militares a cumplir con el deber de colaborar con el CONTRAGOLPE
CONSTITUCIONAL.
Pero lamentablemente la AN se
abstiene de cumplir su parte en el CONTRAGOLPE CONSTITUCIONAL que es designar
al sustituto del usurpador Maduro en el cargo de Presidente de la República, lo
que constituye una omisión constitucional imperdonable que compromete su responsabilidad
política y penal.
Si Maduro es un usurpador desde
el 09-01-17, incurriendo desde entonces en delito continuado que ha agravado al
hacerse proclamar fraudulentamente para el período siguiente, es deber
insoslayable de la AN designar al sustituto y ordenar a la FAN el
reconocimiento de la autoridad de éste como Comandante en Jefe, haciendo
desalojar a Maduro del cargo que usurpa y entregarlo a la autoridad judicial
para su enjuiciamiento.
Así, pues, la AN se suma de
palabra al CONTRAGOLPE CONSTITUCIONAL iniciado por los ciudadanos el 20M,
reconciendo su procedencia “bajo el amparo de los Arts. 333 y 350” pero falta a
su deber de colaborar para el restablecimiento de la vigencia efectiva de la
Constitución tomando las decisiones que le competen.
TEMA DEL DÍA 3 22-05-18
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